• miercoles 13 de mayo de 2026  
      • INICIAR SESIÓN
      • INICIAR SESIÓN
  •    Inicio   
  • Catálogo de trámites
    • Todos los trámites
    • Trámites por categorías
    • Los más usuales
    • Trámites Destacados
  

Información (Ayuda)


•   Si no introduce ninguna palabra, se mostrarán todos los trámites.
•   Si la búsqueda incluye varias palabras, puede introducirlas en cualquier orden.
•   Puede utilizar indistintamente plurales o singulares.
•   Puede usar palabras sinónimas (con significado similar).
•   No es necesario usar preposiciones ni artículos (el, la, un, ...).
•   Puede usar palabras de uso frecuente, jerga local, ...

  • Hoja Informativa
  • Formatos/Documentos anexos
  • Iniciar Trámite
  • Imprimir

Registro de reconocimiento de hijo

Fecha última Actualización: 14/04/2026
Descripción
  • Es la manifestación espontánea y expresa de la voluntad de uno o ambos progenitores de reconocer como hijo y de asumir a favor del reconocido todos los derechos y obligaciones que se derivan de la filiación.


Dependencia o Entidad
  • Secretaría de Gobernación


Homoclave
  • SEGOB-35056-T


Clasificación
  • Trámite


Modalidad
  • Físicas.


Quién puede realizar el trámite
  • Progenitor que no aparezca en el acta de nacimiento de su descendiente.


Casos en los que debe o puede realizarse el trámite o servicio
  • Procede cuando ambos padres o alguno de ellos no compareció al momento del registro del acta de nacimiento.


Documento a Obtener
  • Acta de reconocimiento.


Requisitos
  • -Extracto de acta de nacimiento de la persona reconocida actualizado. 
    -Extracto de acta de nacimiento de la persona reconocedora actualizado. 
    -CURP de la persona reconocedora.
    -Identificación oficial de quien otorga el consentimiento, en los casos en los que comparezca en el reconocimiento.
    -2 testigos mayores de edad con identificación oficial vigente y copia para cotejo (Credencial para votar, pasaporte, licencia de conducir, cartilla militar o cédula profesional).

    Todos los documentos deberán presentarse en original y copia para cotejo del juzgado.


Pasos a seguir
  • Paso 1: Presentar los requisitos solicitados ante el Juez del registro civil.

    Paso 2: En caso de proceder el Juzgado realiza el acta y se verifican los datos asentados.

    Paso 3: Los intervinientes firmaran el acta de reconocimiento de hijo.

    Paso 4: Se entregará Acta.

    Paso 5: Se realizará la anotación marginal en el acta de nacimiento que se encuentra en el libro original del juzgado; en caso de haberse realizado el reconocimiento en otro juzgado diverso al del nacimiento, el juzgado que realizo el reconocimiento deberá informar al juzgado de origen mediante oficio del acta realizada, para la anotación correspondiente. (anotación marginal administrativa).

    Paso 6: Se expedirá copia fiel certificada con la anotación de reconocimiento para que la persona usuaria acuda a la mesa receptora más cercana a fin de realizar la anotación en el libro duplicado.


Inspección, verificación o visita domiciliaria
  • No aplica.


Costo
  • - Por el registro de tutela, incluye forma oficial valorada ..... $295.00

    - Por el registro de reconocimiento de hijos, incluye forma oficial valorada ..... $0.00

    - Por la anotación marginal de los actos constitutivos o modificativos del estado civil de las personas en el libro original o duplicado, por cada una ..... $105.00


Forma de pago
  • Pago en efectivo con referencia bancaria.


Dónde pagar
  • -Quioscos de servicios de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.
    -Instituciones Bancarias (pago reflejado en 48 horas).


Tiempo de respuesta
  • 60 minutos después de la entrega de la documentación en ventanilla. 


Vigencia
  • Permanente.


Afirmativa o Negativa Ficta
  • Negativa ficta.


Criterios de resolución
  • - Realizar el pago de derechos correspondientes.
    - Presentar y cumplir con los requisitos establecidos.


Formas de realizar el trámite o servicio
  • Presencial.


Centros de Atención
  • - Se sugiere realizar en el mismo Juzgado en donde se registró el nacimiento.

    Directorio de Juzgados
    Consulte el listado de Juzgados aquí.

    Juzgado Primero del Registro Civil
    Centro Integral de Servicios, Edificio Sur Sótano, Vía Atlixcáyotl No. 1101 Colonia Concepción las Lajas, Puebla, Pue. C.P. 72190
    Horario: Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas
    Correo electrónico: registrocivil.juzgado1@puebla.gob.mx 

    Juzgado Segundo del Registro Civil
    Avenida 11 Oriente No. 2003 Col. Azcárate, Puebla, Pue. C.P. 72501
    Horario: Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas
    Correo electrónico: registrocivil.juzgado2@puebla.gob.mx

    Juzgado Tercero del Registro Civil
    Centro Integral de Servicios San Javier, Av. Reforma No. 1305 Col. Centro, Puebla, Pue. C.P. 72000
    Horario: Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas
    Correo electrónico: registrocivil.juzgado3@puebla.gob.mx

    Juzgado Cuarto del Registro Civil
    Calle 8 Oriente No. 1007 Barrio el Alto, Puebla, Pue. C.P 72290 
    Horario: Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas
    Correo electrónico: registrocivil.juzgado4@puebla.gob.mx

    Juzgado Quinto del Registro Civil
    Centro Integral de Servicios, Edificio Norte Sótano, Vía Atlixcáyotl No. 1101 Colonia Concepción las Lajas, Puebla, Pue. C.P. 72190
    Horario: Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas
    Correo electrónico: registrocivil.juzgado5@puebla.gob.mx


Área responsable
  • Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas
    Persona Responsable: Nora Estela Esquitín De la Madrid
    Domicilio: Avenida 11 Oriente No. 2003 Col. Azcárate C.P. 72501
    Números telefónicos: 800-911-46-64; 800-911-64-47; 800-640-89-00; 800-500-11-33
    Correo electrónico: registrocivil@puebla.gob.mx


Autoridad responsable de atender quejas y denuncias
  • Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
    Dirección de Atención a Quejas y Denuncias
    Tel: 222 303 46 00 ext. 3464, 3466, 3469 y 3493

    Línea PROintegridad: 800-466-37-86
    Plataforma #PROintegridad: http://prointegridad.puebla.gob.mx/


Fundamento Jurídico
  • Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla: Artículo 32 Fracción VI.

    Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2026: Artículo 29 Fracción I, inciso b) y c); Fracción V, inciso b).

    Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla: Artículos 553, 558, 566, 567, 835 y 876.

    Reglamento del Registro Civil de las Personas para el Estado de Puebla: Artículo 15 Fracción I y V, Artículo 60.

    Manual de Procedimientos.

     

    Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite: Click aquí.


Observaciones
  • Cuando el reconocido es mayor de los 18 años, deberá dar su consentimiento para poder ser reconocido.


Estadística de protesta ciudadana
  • Consulta el estadístico sobre las Protestas Ciudadanas recibidas y los resultados de las mismas:

    Año Protestas Ciudadanas recibidas Protestas  Ciudadanas atendidas
    2021 1 1

Unidad Administrativa

Secretaría de Gobernación

Carta de Servicios


Registro de reconocimiento de hijo
  • Fase o Hito
    Trámites
    Prev.
Relación de documentos asociados al asunto, que Ud. puede descargar
  • Seleccione el documento
    Tipo
    Tamaño
    Directorio de Juzgados
    .pdf
    439KBytes


Al seleccionar mediante un clic el contenido deseado se mostrará una nueva ventana con la versión para imprimir del documento.

Contenidos que puede imprimir relacionados con este asunto
  • Hoja Informativa

Trámites Relacionados





Información básica sobre protección de datos

Mapa Web

Requisitos técnicos

Tutoriales y demostraciones