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Realizar acta de divorcio ordenada por autoridad judicial y anotación marginal en acta de matrimonio.
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Secretaría de Gobernación
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SEGOB-35084-T
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Trámite.
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Físicas.
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1.- Titular del trámite: Deberá presentar: Identificación oficial vigente con fotografía (original y copia).
2.- Familiar directo (mamá, papá, hermano (a), hijo (a) y/o cónyuge): presentar documento por medio del cual se acredite la filiación con el titular (Acta de Nacimiento).
3.- Abogado: Deberá presentar: Cédula profesional con fotografía (original y copia).
Para el punto 2 y 3: Carta poder simple con firma de quien otorga y acepta el poder, así como de dos testigos, anexando copia de identificación oficial de todos los intervinientes.
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Personas interesadas en la disolución del contrato matrimonial, que hayan obtenido resolución judicial o por notario público.
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Acta de divorcio.
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Para divorcio con resolución judicial deberá presentar:
- De los tres tantos de las copias certificadas que expide la autoridad judicial de la Resolución de divorcio; deberá presentar el oficio original y un tanto al juzgado del registro civil a quien va dirigido.
- CURP de las personas de las que se declaró disuelto el vínculo matrimonial.
- Original y copia para cotejo de identificación oficial vigente con fotografía de quien acuda al juzgado del registro civil a realizar el trámite Credencial para votar con fotografía, Cartilla militar, Licencia de conducir, Pasaporte, cédula profesional, documento migratorio).
Para divorcio con resolución notarial deberá presentar:
- Instrumento Notarial en 2 tantos.
Toda la documentación se deberá presentar en original y copia para cotejo del juzgado.
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Paso 1: Presentar ante el Juzgado del Registro Civil donde se realizó el matrimonio la resolución de divorcio emitida por autoridad judicial o notarial.
Paso 2: Transcribir los datos requeridos por la plataforma y verificación de los mismos.
Paso 3: Impresión de acta.
Paso 4: Firmar y entregar el acta de divorcio.
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No aplica.
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$650.00 Por concepto de registro de resoluciones judiciales o administrativas emitidas por Notario Público, incluye forma oficial valorada.
$105.00 Por concepto de anotación marginal de los actos constitutivos o modificativos del estado civil de las personas en el libro duplicado, por cada una.
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Pago en efectivo con referencia bancaria.
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-Quioscos de servicios de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.
-Instituciones Bancarias (pago reflejado en 48 horas).
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3 días hábiles.
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Permanente.
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Negativa ficta.
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- Realizar el pago de derechos correspondientes.
- Presentar y cumplir con los requisitos establecidos.
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Presencial.
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Consulte Directorio de Juzgados aquí.
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Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas
Persona Responsable: Nora Estela Esquitín De la Madrid
Domicilio: Avenida 11 Oriente No. 2003 Col. Azcárate C.P. 72501
Números telefónicos: 800-911-46-64; 800-911-64-47; 800-640-89-00; 800-500-11-33
Dirección de correo electrónico: registrocivil@puebla.gob.mx
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Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Dirección de Atención a Quejas y Denuncias
Tel: 222 303 46 00 ext. 3464, 3466, 3469 y 3493Línea PROintegridad: 800-466-37-86
Plataforma #PROintegridad: http://prointegridad.puebla.gob.mx/
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Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla: Artículo 32 Fracción VI.
Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2026: Artículo 29 Fracción III inciso b) y Fracción V inciso b).
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla: Artículos 442, 443, 444, 445, 446, 447, 448, 449, 450, 451, 452, 453, 454, 472 y 835.
Reglamento del Registro Civil de las Personas para el Estado de Puebla: Artículo 15 Fracciones I, V, XIV y XV; Artículo 60.
Manual de Procedimientos.
Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite: Click aquí.
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Conservar la sentencia de divorcio judicial que se presentó ante la oficialía de la Dirección del Registro Civil.
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En su caso, los originales de la documentación serán requeridos en el momento de la comparecencia para checar el cumplimiento de los requisitos establecidos.
El registro del divorcio deberá realizarse en el Juzgado donde se realizó el Registro de matrimonio.