-
Establecer las condiciones a las cuales se sujetarán las obras o actividades que ya cuentan con una resolución autorizada en materia de impacto y/o riesgo ambiental emitida por esta Secretaría, que por sus características requieren de una modificación o ampliación de la misma.
-
Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial
-
- En caso de ser modificación al proyecto sin ampliación de vigencia
- Descripción a detalle del proyecto a modificar: Anexar descripción a detalle de la o las modificaciones y/o ampliaciones a realizar al proyecto original y/o al contenido de la resolución de Impacto y /o Riesgo Ambiental
- Plano original autorizado del proyecto
- Plano del proyecto a modificar y/o ampliar: Con cuadro de áreas simbología y especificaciones indicando el área a ampliar y/o modificar
- Declaratoria de decir la verdad
- En caso de ser cambio de titularidad
- Descripción a detalle del proyecto a modificar: Anexar descripción a detalle de motivo y la documentación legal que ampare el cambio de razón social, o traspaso de titularidad, o transferencia de derechos y obligaciones.
- Documento que acredite el cambio de titularidad o razón social
- Declaratoria de decir la verdad
- En caso de ser ampliación de vigencia
- Descripción a detalle del proyecto a modificar: Anexar descripción a detalle del motivo y del nuevo calendario de obra y/o programa de trabajo, indicando el tiempo en meses, que se requiere para ampliación de la vigencia.
- Calendario de obra y/o programa de trabajo que soporte el tiempo de ampliación de la vigencia indicándose en meses.
- Declaratoria de decir la verdad
-
SMADSOT-80038-T
-
Trámite.
-
Personas físicas o morales.
-
Ciudadanía en general.
-
Cuando se pretenda realizar modificación, ampliación, cambio de razón social, cambio de titularidad, transferencia de derechos y obligaciones, o se requiera de la ampliación de vigencia de las resoluciones de impacto y riesgo ambiental, después de haberse emitido el resolutivo correspondiente.
-
Dictamen de Modificación a la Resolución de Impacto y/o Riesgo Ambiental.
-
1. Documento de identidad
i. Identificación oficial: (copia). Deberá ser del promovente y estar vigente con fotografía: Credencial para Votar (INE antes IFE), Pasaporte, Licencia de Conducir, Cédula Profesional, etc.
ii. Acta constitutiva (si es persona moral).
2. Solicitud de modificación o ampliación: (original y copia) mismo formato que se adjunta en “Formatos/Documentos anexos”. De las resoluciones de impacto y riesgo ambiental, deberá ser dirigido al Titular de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, especificando el nombre del proyecto a modificar y/o ampliar. La solicitud deberá ser signada por el Titular de la resolución anterior o en su caso acreditar el cambio de titularidad. Dicha solicitud deberá contener teléfono y domicilio para oír y recibir notificaciones.
3. Factibilidad de uso de suelo: (copia). Deberá estar vigente (o en su caso Licencia de uso de Suelo) compatible con la obra o actividad a modificar emitida por la autoridad municipal correspondiente. En caso de que el Municipio donde se pretende ejecutar el proyecto a modificar no cuente con Programa de Desarrollo Urbano deberá tramitar la factibilidad de uso de suelo ante esta Secretaría (siempre y cuando sea requerida por el tipo de modificación).
4. Ficha de depósito: (original). Ficha por concepto de derechos para la "Solicitud de Modificación de resolución de Impacto y/o Riesgo Ambiental, Ampliación, Cambio de Razón Social y Vigencia de las Resoluciones de Impacto y Riesgo Ambiental” por cada una.
5. Declaración bajo protesta de decir verdad: (original). La declaración será de la persona promovente y en caso de que exista persona responsable de la información y descripción de la modificación y/o ampliaciones a realizar al proyecto deberá estar firmada por ambos (como respaldo de que la información entregada es verídica).
6. Resolución de impacto y/o riesgo ambiental del proyecto original: (copia impresa y respaldo en disco compacto, CD).
7. Descripción a detalle del proyecto a modificar: (original). Anexar descripción a detalle de la o las modificaciones y/o ampliaciones a realizar al proyecto original y/o al contenido de la resolución de Impacto y /o Riesgo Ambiental (ejemplo: cambio de razón social y/o vigencia de la resolución). Para el caso de la vigencia deberá anexarse nuevo calendario de obra y/o programa de trabajo que soporte el tiempo de ampliación de la vigencia indicándose en meses.
Para el caso de modificación al proyecto original además de la descripción deberá anexar los siguientes planos:
- Plano original autorizado del proyecto: (copia del plano original del proyecto y respaldo en disco compacto, CD).
- Plano del proyecto a modificar y/o ampliar: (original y con su respaldo en disco compacto, CD).
Con cuadro de áreas simbología y especificaciones indicando el área a ampliar y/o modificar.
8. Estudio de Impacto de Movilidad (copia). En caso de que la obra o actividad correspondan alguna de las mencionadas en el Artículo 115 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, el cual debe ser emitido por la Secretaría de Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado.
-
SOLICITUD DE MANERA PRESENCIAL:
Paso 1: Realizar su cita mediante el portal https://citasenlinea.puebla.gob.mx/ a fin de presentar los requisitos mencionados, en la ventanilla de la Secretaría, ubicada en el CIS para ser cotejados conforme a los requerimientos.
-Se sugiere presentar la documentación y anexos en folder tamaño carta, sujetando los documentos con broche metálico para archivo.
- Se recomienda llevar los anexos en versión digital (En CD o UBS que será entregada como parte del expediente)
- Se sugiere presentar la solicitud, ficha de pago, declaración bajo protesta de decir verdad, así como las identificaciones correspondientes, por folder separado.)
Paso 2: En caso de no cumplir con los requisitos, la solicitud (anexa en esta ficha) no es ingresada, por lo que se le indicará a de la persona promovente al momento de su revisión en la ventanilla de los faltantes, para que éstos sean subsanados. Debido a que la modificación aún no ha sido ingresada, el tiempo de entrega de los faltantes dependerá de la persona promovente.
Paso 3: Una vez que de la persona promovente integra toda la documentación y requisitos solicitados, se presenta en la ventanilla, previa cita generada, en donde se verifica el cumplimiento de todos los requisitos, posteriormente la ventanilla realiza y entrega a de la persona promovente una orden de cobro (para persona física y/o moral en la emisión de dicha orden es necesario contar con datos fiscales completos con RFC y domicilio), a fin de que realice su pago de acuerdo a los métodos disponibles.
Paso 4: Ingresa a esta Secretaría de manera oficial la solicitud de modificación, cuando de la persona promovente presenta en original el pago de derechos por concepto de Modificación a la Resolución, los requisitos correspondientes, la ventanilla sella su solicitud de modificación.
Paso 5: Cuando la información presentada sea insuficiente, que impida la correcta evaluación de la modificación y/o ampliación, será necesario que de la persona promovente presente información adicional, esta Secretaría podrá solicitar información adicional mediante oficio, en un término de 10 días hábiles a partir de su ingreso, suspendiéndose el término de evaluación que establece el artículo 6 y 21 del Reglamento de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla en Materia de Evaluación del Impacto y Riesgo Ambiental.
Paso 6: Se le comunica a de la persona promovente mediante correo electrónico para que se le notifique el oficio de información adicional en la ventanilla, de la persona promovente deberá presentarse con identificación oficial vigente con fotografía (copia), en caso de no ser de la persona promovente deberá presentar carta poder signada por de la persona promovente (original) e identificación oficial vigente con fotografía (copia).
Paso 7: De la persona promovente deberá entregar la información adicional en los términos solicitados y en un plazo no mayor a 3 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación del oficio a de la persona promovente en la ventanilla, en caso de no presentar la información requerida en el plazo solicitado, se da por no presentada y se otorgará la negativa por falta de información.
Paso 8: Cuando la solicitud no presente inconsistencias, en un plazo de quince días hábiles a partir de su ingreso, esta Secretaría determinará: si es necesario presentar un nuevo estudio de impacto ambiental y en su caso, de riesgo ambiental; si las ampliaciones y/o modificaciones no requieren ser evaluadas y, por lo tanto, pueden realizarse sin contar con autorización o si la autorización otorgada anteriormente requiere ser modificada con objeto de imponer nuevas condiciones a la realización de la obra y/o actividad solicitada o en su caso establecer los nuevos términos a la autorización otorgada.
Paso 9: Se le comunica mediante correo electrónico a de la persona promovente para que se notifique el documento correspondiente en la ventanilla de la Dependencia, de la persona promovente, para lo cual deberá presentarse con identificación oficial vigente con fotografía (copia), en caso de no ser de la persona promovente, deberá presentar carta poder signada por de la persona promovente (original) e identificación oficial vigente con fotografía (copia).
Paso 10: En caso de que de la persona promovente no se presente por el documento correspondiente emitido por esta Secretaría, la ventanilla de la SMADSOT, en un término no mayor a 5 días hábiles, enviará dicho documento vía SEPOMEX, al domicilio que indicó para oír y recibir notificaciones. En caso de que la resolución no sea notificada, será regresada al área responsable para su publicación en estrados.SOLICITUD DE MANERA VIRTUAL:
Paso 1: Contar con la documentación en formato .pdf, .tiff, png, dwg, csv, xls o .jpg.
Paso 2: Dar clic en “Iniciar Trámite” y seguir las instrucciones que indica el Sistema.
IMPORTANTE: Para terminar con éxito el proceso, es necesario contar con los “Requisitos” solicitados, en archivos electrónicos con un tamaño máximo de 20 Mb.
Paso 3: Una vez ingresados los datos en el sistema, recibirá una notificación de registro al correo electrónico otorgado.
Pase 4: Deberá realizar el pago para la atención de su trámite
Paso 5: En caso de requerir información adicional, el personal de la Dirección de Desarrollo Urbano e Impacto Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, se pondrá en contacto con la persona solicitante para informar sobre la posibilidad de atención, a través del correo electrónico antes proporcionado.
Paso 6: En caso de ser positiva la solicitud, se envía al correo electrónico con el formato adjunto de “Dictamen de Modificación a la Resolución de Impacto y/o Riesgo Ambiental.” el cual contendrá un código QR que podrá ser verificado.
Paso 7: En caso de ser negativa la solicitud, se envía al correo electrónico un oficio de respuesta notificando los motivos.
-
Por la solicitud de modificación, ampliación, cambio de razón social, cambio de titularidad, así como transferencia de derechos y obligaciones y por ampliación de vigencia de las resoluciones de impacto y riesgo ambiental, por cada una $1,925.00
-
Efectivo, tarjeta de débito, tarjeta de crédito o cheque a nombre de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Puebla, transferencia electrónica referenciada a través de SPEI.
-
Ventanillas bancarias, cajas de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Kioskos de servicios o banca en línea mediante SPEI.
-
10 días
-
3 días
-
15 días hábiles.
-
De conformidad con el tiempo establecido en el programa de trabajo y/o calendario de obra que presente la persona solicitante
-
No Aplica.
-
Realizar el pago de derechos correspondientes.
Presentar todos los requisitos establecidos.
En caso de haber requerido información adicional, cumplir con lo solicitado.
-
Presencial o en línea.
-
Centro Integral de Servicios (CIS)
Edificio sur. Planta baja módulo 7. Vía Atlixcáyotl No.1101 Colonia Concepción las Lajas, Puebla, Pue. C.P. 72190
Tel. 222-303-46-00 Ext. 291127
Horario. Lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.
ventanilla.smadsot@puebla.gob.mx
-
Dirección de Desarrollo Urbano e Impacto Ambiental
Persona Responsable: Arq. Luis Enrique Vega Parra
Domicilio: Lateral Recta Cholula Km. 5.5 No. 2401, San Andrés Cholula Puebla. C.P.72810.
Número Telefónico: 222-273-68-00
-
Secretaría de la Función Pública
Dirección de Atención a Quejas y Denuncias
Tel: 222 303 46 00 ext. 293464, 293466, 293469 y 293493Línea PROintegridad: 800-466-37-86
Plataforma #PROintegridad: http://prointegridad.puebla.gob.mx/
-
Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2024; Artículo 49, Apartado A, fracción XXXIII.
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla; Artículo 80.
Reglamento de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla en Materia de Evaluación del Impacto y Riesgo Ambiental; Artículo 4 Fracción I, Artículo 6, Artículo 21.
Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla; Articulo 1, Articulo 114, Articulo 115 fracción I a la VI.
Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite: Click aquí
-
Comprobante de pago.
Solicitud de evaluación con sello de acuse de recibido.
Oficio de autorización (Resolución de Impacto Ambiental).
Oficio de Dictamen de Modificación a la Resolución de Impacto y/o Riesgo Ambiental.
-
- Con fundamento en el Artículo 15 del Reglamento de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla en Materia de Evaluación del Impacto y Riesgo Ambiental y con el objeto de no retardar el procedimiento de evaluación, la Secretaría comunicará a la persona promovente, en el momento de presentar la solicitud de trámite de Evaluación del Impacto y/o Riesgo Ambiental, si existen deficiencias formales que puedan ser corregidas previo a su ingreso en la ventanilla de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial.
- Con fundamento en el Artículo 19 del Reglamento de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla en Materia Evaluación del Impacto y Riesgo Ambiental, esta Secretaría durante la evaluación del estudio, podrá solicitar al promovente por única vez y mediante oficio, dentro del término de treinta días hábiles para las Manifestaciones de Impacto Ambiental a partir de la recepción del estudio, se presenten las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones al contenido del Estudio de Impacto y/o Riesgo Ambiental, en tal caso, se suspenderá el término que establece el Reglamento para emitir la Resolución, la suspensión no podrá exceder de cuarenta días hábiles contados a partir de su recepción.
- No es suficiente con la entrega de la totalidad de los requisitos en tiempo y forma para obtener una resolución favorable de este trámite, se negará cuando contravenga a un Programa de Ordenamiento Ecológico o de Desarrollo Urbano, a las Declaratorias de las Áreas Naturales Protegidas, a las Declaratorias de Usos, Destinos y Reservas expedidas con fundamento en la Ley de Desarrollo Urbano del Estado, Normas Oficiales Mexicanas y especies de flora y fauna endémicas, amenazas o en peligro de extinción.
- Se conservará información para fines de verificación e inspección por si lo requiere la autoridad competente.