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Identificar a las personas que estén en riesgo de desarrollar Diabetes Mellitus o que ya la padecen y la ignoran. Otorgar tratamiento de la Diabetes Mellitus a aquellos que ingresen a control en la unidad.
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Servicios de Salud del Estado de Puebla
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SSEP-160122-S
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Servicio.
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Físicas
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La población en general.
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Cuando se requiera diagnosticar y/o tratar la diabetes mellitus.
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Atención médica y tratamiento.
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1.- Ser mayor de 20 años.
2.- CURP.
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Paso 1: Acudir a la unidad de salud más cercana a su domicilio.
Paso 2: Solicitar ficha para consulta. Se verifica si el paciente cuenta con expediente clínico de la Unidad, si no es así se procede a la apertura del expediente.
Paso 3: Pasar a consulta donde se le tomaran sus signos vitales, y se le aplicará el cuestionario de factor de riesgo por parte de personal de salud de la unidad.
Paso 4: Se le designa un médico para otorgar la consulta.
Paso 5: En caso de resultar con sintomatología de riesgo de Diabetes, se procederá a su confirmación diagnóstica.
Paso 6: Los pacientes con diagnóstico positivo de diabetes serán ingresados a tratamiento y control en la unidad de manera mensual así como su incorporación al Grupo de Ayuda Mutua.
Paso 7: Los pacientes con Diagnóstico negativo de diabetes se les invitará a realizarse una revisión de seguimiento a los 6 meses.
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No aplica.
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Gratuito.
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De 1 a 2 horas.
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Permanente.
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No aplica.
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Cumplir con el requisito establecido.
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Presencial.
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Centros de Salud del Estado de Puebla
Horario de atención: De Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 horas
Puede consultar el directorio en el siguiente hipervínculo
https://ss.puebla.gob.mx/servicios/directorio-hospitales-y-c-de-salud
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Departamento de Enfermedades Crónicas No Transmisibles
Persona responsable: Dra. Felicitas Quijada Cuautle.
Número telefónico: 222-551-05-00 ext. 5112
Domicilio: 5 poniente No. 1322.Col. centro Puebla Pue. C.P. 72000
cronicaspuebla@gmail.com
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Secretaría de la Función Pública
Dirección de Atención a Quejas y Denuncias
Tel: 222 303 46 00 ext. 293464, 293466, 293469 y 293493Línea PROintegridad: 800-466-37-86
Plataforma #PROintegridad: http://prointegridad.puebla.gob.mx/
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Ley General de la Salud; Artículo 1, Artículo 2, Artículo 3 Fracciones XI, XII y XVI, Artículo 6, Artículo 27 Fracción II, III, Artículo 32, Artículo 33, Artículo 50, Articulo 51, Artículo 52, Artículo 53, Artículo 112 Fracción III.
Ley de Asistencia Social; Artículo 7, Artículo 8, Artículo 10.
Ley Estatal de Salud del Estado de Puebla; Artículo 1, Artículo 2, Artículo 4, Artículo 6, Artículo 25, Artículo 26, Artículo 29, Artículo 32, Artículo 33, Artículo 43, Artículo 44, Artículo 45, Artículo 46, Artículo 47, Artículo 156, Artículo 157.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; Artículo 43.
NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus.
Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este servicio. Click aquí
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Se atiende a población en general, mayor de 20 años de edad.
El servicio es otorgado por el Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla", con fundamento en lo establecido en la Leyes General y Estatal de Salud; y, el Decreto de Creación del Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla"; en términos de lo previsto en la fracción IV de la Cláusula Tercera del Convenio de Coordinación que establece la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados para la prestación gratuita de servicios de salud, para las personas sin seguridad social, que celebran la Secretaría de Salud, los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Puebla; así como en los Lineamientos de Implementación del Servicio Nacional de Salud Pública.
Lo anterior, a efecto de brindar certeza jurídica, respecto a las facultades de este Organismo, durante el proceso de transición al Organismo Público Descentralizado IMSS - Bienestar, en el marco del Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar implementado por el Gobierno de México.