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Establecer las condiciones a que se sujetarán las obras y/o actividades en materia de impacto ambiental de competencia estatal, a fin de prevenir y evitar que causen desequilibrios ecológicos o se rebasen los límites y condiciones previstas en las disposiciones normativas en materia ambiental, evitándose y reduciéndose al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente, previo a la ejecución de la obra.
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Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial
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- Documentación Básica
- Plano de ubicación del predio. Deberá estar firmado por el promovente o el responsable de su elaboración.
- Estudio de impacto ambiental basado en el tipo de estudio de Informe Preventivo, apegado a la guías publicadas en el Periódico Oficial el 19 de agosto de 2016. Incluir resumen ejecutivo y anexo.
- Plano topográfico
- Plano arquitectónico
- Plano de instalaciones hidráulicas y sanitarias. Deberá estar firmado por el promovente o el responsable de su elaboración.
- Identificación oficial del propietario o representante legal
- Declaratoria de decir verdad
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SMADSOT-80083-T
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Trámite.
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Personas físicas o morales
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Personas físicas o jurídicas que pretendan realizar obras públicas o privadas de competencia estatal.
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Quienes pretendan ejecutar obras públicas o privadas, o su ampliación, así como actividades indicadas en el Artículo 38 de la Ley para la Protección al Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla, y las indicadas en el Artículo 5 del Reglamento de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla en Materia de Evaluación del Impacto y Riesgo Ambiental, incluyendo las obras o actividades públicas estatales y municipales a partir de 1,500 metros cuadrados de superficie y/o construcción; al igual que cualquier otro tipo de inmueble a partir de 1,500 metros cuadrados de construcción, siempre y cuando no sea competencia de la Federación, en términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
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Resolución del Informe Preventivo de Impacto Ambiental
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1. Documento de identidad
i. Identificación oficial: (copia). Deberá ser del promovente y estar vigente con fotografía: Credencial para Votar (INE antes IFE), Pasaporte, Licencia de Conducir, Cédula Profesional, etc.
ii. Acta constitutiva (si es persona moral).
2. Solicitud de Evaluación del Informe Preventivo de Impacto Ambiental (original y copia) mismo formato que se adjunta en “Formatos/Documentos anexos” y deberá ser dirigido a la persona Titular de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, especificando el nombre del proyecto, ubicación, tipo de obra y/o actividad y modalidad del estudio a evaluar. Deberá incluir número telefónico, correo electrónico y domicilio para oír y recibir notificaciones.
3. Estudio de impacto ambiental basado en el tipo de estudio de Informe Preventivo, apegado a las guías publicadas en el Periódico Oficial el 19 de agosto de 2016. Incluir resumen ejecutivo y anexo.
4. Plano topográfico: Plano elaborado en AutoCAD formato DWG y geo-referenciados en Sistema UTM, Datum WGS84, Zona 14 y con cuadro de coordenadas UTM del polígono del predio, firmado por el promovente o el responsable de su elaboración.
5.Plano arquitectónico incluir en el plano cuadro de áreas, elaborado en AutoCAD Formato dwg y Geo- referenciados en Sistema UTM (Universal Transversal Mercator), Datum WGS84, Zona 14, firmado por la persona promovente o el responsable de su elaboración.
6.Plano de instalaciones hidráulica y sanitarias. Deberá estar firmado por el promovente o el responsable de su elaboración.
7. Plano de ubicación del Predio: Deberá estar firmado por el promovente o el responsable de su elaboración
8. Estudio de Impacto de Movilidad (copia). En caso de que la obra o actividad correspondan alguna de las mencionadas en el Artículo 115 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, el cual debe ser emitido por la Secretaría de Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado.
9. Factibilidad de uso de suelo vigente (o en su caso Licencia de uso de suelo): (copia) Deberá ser compatible con la obra o actividad a evaluar emitida por la autoridad municipal. En caso de que el Municipio donde se pretende realizar el proyecto no cuente con Programa de Desarrollo Urbano, deberá tramitar la factibilidad de uso de suelo ante esta Secretaría.
10. Declaración bajo protesta de decir verdad (original). La declaración, misma que se adjunta en “Formatos/Documentos anexos”, será del promovente y el responsable de elaboración del estudio de impacto y/o riesgo ambiental, (como respaldo de que la información entregada es verídica y de que en los estudios se incorporan las mejores técnicas y metodologías existentes, así como la información y medidas de prevención y mitigación más efectivas) de conformidad con lo establecido en el Artículo 46 de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla.
11. Ficha de depósito: Ficha de pago por concepto de por la evaluación del informe preventivo de impacto ambiental.
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SOLICITUD DE MANERA PRESENCIAL:
Paso 1: Realizar su cita mediante el portal https://citasenlinea.puebla.gob.mx/a fin de presentar los requisitos mencionados, en la ventanilla de la Secretaría, ubicada en el CIS para ser cotejados conforme a los requerimientos.
-Se sugiere presentar la documentación y anexos en folder tamaño carta, sujetando los documentos con broche metálico para archivo.
- Se recomienda llevar los anexos en versión digital (En CD o UBS que será entregada como parte del expediente)
- Se sugiere presentar la solicitud, ficha de pago, declaración bajo protesta de decir verdad, así como las identificaciones correspondientes, por folder separado.)
Paso 2: La persona promovente se presenta en la ventanilla de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial ubicada en el Centro Integral de Servicios (CIS) con su solicitud (formato anexo), Estudio de Impacto Ambiental, así como los requisitos correspondientes, para su revisión previa a su ingreso en la ventanilla de la SMADSOT.
Paso 3: El personal de la ventanilla de la SMADSOT verifica que la solicitud, el Estudio de Impacto Ambiental y los requisitos sean entregados conforme a lo establecido, y que la elaboración del estudio se haya realizado en apego a las guías correspondientes para la obra y/o actividad a evaluar (anexas en esta ficha).
Paso 4: En caso de faltar algún requisito o el estudio no cumpliera con las especificaciones, se indicará a la persona promovente los requisitos faltantes para que sean subsanados.
Paso 5: Cuando el estudio cumpla con los requerimientos solicitados, el personal de la ventanilla de la SMADSOT, elaborará y entregará a la persona promovente una orden de cobro correspondiente al trámite solicitado (para persona física y/o moral, en la emisión de dicha orden es necesario contar con datos fiscales completos con RFC y domicilio). a fin de que realice su pago de acuerdo a los métodos disponibles
Paso 6: Se considera el ingreso del estudio para su evaluación de manera oficial en esta Secretaría, cuando a la persona promovente ha entregado en original el pago de derechos, su solicitud de evaluación, el Estudio de Impacto Ambiental con los requisitos correspondientes y el personal de la ventanilla de la SMADSOT le ha sellado la solicitud de evaluación.
Paso 7: Se inicia la evaluación, se realiza la visita de campo al predio del proyecto (el Departamento de Impacto Urbano y Ambiental hace la cita con la persona promovente mediante correo electrónico), después de verificar el proyecto, se continúa con la evaluación, en la que se analiza el contenido del estudio, en apego a las guías, que cuente con los anexos ambientales, técnicos y legales, resumen ejecutivo, procediendo a realizar el análisis de los impactos identificados que ocasionaría la obra y/o actividad, y en caso de no detectar deficiencias en la información presentada, se emite la resolución correspondiente.
Paso 8: Cuando el estudio presente insuficiencias que impidan la evaluación de la obra o actividad, se requerirá a la persona promovente de manera oficial, que presente las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones al contenido del Estudio de Impacto Ambiental, el cual deberá entregar la información en un plazo no mayor a cuarenta días hábiles, así mismo, se suspende el término que se establece para emitir la resolución correspondiente.
Paso 9: Una vez que la persona promovente presente la información solicitada, en el plazo indicado, se continúa con el tiempo establecido para emitir la resolución correspondiente.
Paso 10: En caso de que la persona promovente no se presente por el documento correspondiente emitido por esta Secretaría en un término no mayor a 5 días hábiles, se enviará dicho documento vía SEPOMEX, al domicilio que indicó para oír y recibir notificaciones. En caso de que la resolución no sea notificada, será regresada al área responsable para su publicación en estrados.SOLICITUD DE MANERA VIRTUAL:
Paso 1: Contar con la documentación en formato .pdf, .tiff, png, dwg, csv, xls, o .jpg.
Paso 2: Dar clic en “Iniciar Trámite” y seguir las instrucciones que indica el Sistema.
IMPORTANTE: Para terminar con éxito el proceso, es necesario contar con los “Requisitos” solicitados, en archivos electrónicos con un tamaño máximo de 20 Mb.
Paso 3: Una vez ingresados los datos en el sistema, recibirá una notificación de registro al correo electrónico otorgado.
Pase 4: Deberá realizar el pago para la atención de su trámite
Paso 5: En caso de requerir información adicional, el personal de la Dirección de Desarrollo Urbano e Impacto Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, se pondrá en contacto con la persona solicitante para informar sobre la posibilidad de atención, a través del correo electrónico antes proporcionado.
Paso 6: En caso de ser positiva la solicitud, se envía al correo electrónico con el formato adjunto de “Evaluación del Informe Preventivo de Impacto Ambiental” el cual contendrá un código QR que podrá ser verificado.
Paso 7: En caso de ser negativa la solicitud, se envía al correo electrónico un oficio de respuesta notificando los motivos.
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Por la evaluación del informe preventivo de impacto ambiental $11,825.00
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Efectivo, tarjeta de débito, tarjeta de crédito o cheque a nombre de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Puebla, transferencia electrónica referenciada a través de SPEI.
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Ventanillas bancarias, cajas de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Kioskos de servicios o banca en línea mediante SPEI.
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15 días
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Hasta 40 días
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33 días hábiles
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De conformidad con el tiempo establecido en el programa de trabajo y/o calendario de obra que presente la persona solicitante.
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No Aplica.
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Realizar el pago de derechos correspondientes.
Presentar todos los requisitos establecidos.
En caso de haber requerido información adicional o complementaria, cumplir con lo solicitado.
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Presencial o en línea.
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Centro Integral de Servicios (CIS)
Edificio sur. Planta baja módulo 7. Vía Atlixcáyotl No.1101 Colonia Concepción las Lajas, Puebla, Pue. C.P. 72190.
Tel. 222-303-46-00 Ext. 291127.
Horario. Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas.
ventanilla.smadsot@puebla.gob.mx
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Dirección de Desarrollo Urbano e Impacto Ambiental
Persona Responsable: Arq. Luis Enrique Vega Parra
Domicilio: Lateral Recta Cholula Km. 5.5 No. 2401, San Andrés Cholula Puebla. C.P.72810.
Número Telefónico: 222-273-68-00 Ext.1149
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Secretaría de la Función Pública
Dirección de Atención a Quejas y Denuncias
Tel: 222 303 46 00 ext. 293464, 293466, 293469 y 293493Línea PROintegridad: 800-466-37-86
Plataforma #PROintegridad: http://prointegridad.puebla.gob.mx/
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Ley para la Protección Ambiente Natural y Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla; Artículo 5 Fracciones I a la XXVII, Artículo 37, Artículo 38 Fracciones I, IV a la XX.
Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2024; Artículo 49, Apartado A, fracciones XIII.Reglamento de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla en Materia de Evaluación del Impacto y Riesgo Ambiental; Artículo 5 fracciones I a la IX, Artículo 6 fracciones I, II, III, Artículo 14 fracciones I a la VI, Artículo 15, Artículo 16, Artículo 17, Artículo 19 fracciones I, II, Artículo 22, Artículo 24, Artículo 25 fracciones I, II, III, Artículo 26, Artículo 27, Artículo 28 fracciones I, II, Artículo 29 fracciones I, II, III, Artículo 30 fracciones I a la V, Artículo 31, Artículo 32, Artículo 33 fracciones I a la XII, Artículo 34 .
Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla; Articulo 1, Articulo 114, Articulo 115 fracción I a la VI.
Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite: Click aquí
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Comprobante de pago.
Solicitud de evaluación con sello de acuse de recibido.
Oficio de autorización (Resolución del Informe Preventivo de Impacto Ambiental).
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- No es suficiente con la entrega de la totalidad de los requisitos en tiempo y forma para obtener una resolución favorable de este trámite, se negará cuando contravenga a un Programa de Ordenamiento Ecológico o de Desarrollo Urbano, a las Declaratorias de las Áreas Naturales Protegidas, a las Declaratorias de Usos, Destinos y Reservas expedidas con fundamento en la Ley de Desarrollo Urbano del Estado, Normas Oficiales Mexicanas y especies de flora y fauna endémicas, amenazas o en peligro de extinción.
- Se conservará información para fines de verificación e inspección por si lo requiere la autoridad competente.