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Baja de Clave Única de Registro de Población (CURP)

Fecha última Actualización: 03/09/2026
Descripción
  • Realizar baja de la Clave Única de Registro Nacional de Población por Defunción.


Sujeto Obligado
  • Secretaría de Gobernación


Homoclave
  • SEGOB-35090-T


Clasificación
  • Trámite.


Modalidad
  • Físicas.


Quién puede realizar el trámite
  • 1. Familiar directo: (Madre, Padre, Hermano (a), Hijo (a), Cónyuge o Concubino (a)). Deberá presentar: documento por medio del cual se acredite la afinidad con el titular (Acta de Nacimiento, de matrimonio o constancia de concubinato -éste último tramitado en vida del Titular-) e Identificación oficial:

    Credencial para Votar expedida por el Instituto Nacional Electoral.
    Cartilla del Servicio Militar Nacional.
    Pasaporte expedido por la SRE.
    Cédula profesional.
    Certificado de estudios con reconocimiento de validez oficial.
    Documento migratorio expedido por el Insituto Nacional de Migración (INM).
    Constancia de Refugiado o Protección complementaria
    Documento de otorgamiento de asilo político.

    2. Abogado: Deberá presentar cédula profesional (original y copia) y Carta poder simple con firma de quien otorga y acepta el poder, así como de dos testigos, anexando copia de identificación oficial de todos los intervinientes.


Casos en los que debe o puede realizarse el trámite o servicio
  • Cuando se requiere dar de baja la CURP por motivo de Defunción.


Documento a Obtener
  • Constancia de CURP inactiva por defunción.


Requisitos
  • Baja por defunción:

    - Acta de defunción certificada por la Dirección General del Registro Civil.
    - Acta de nacimiento del fallecido emitida por el Archivo General del Registro Civil.
    - Acta de matrimonio expedida por el Archivo General del Registro Civil (en caso de haber sido casado).
    - CURP
    - Identificación oficial vigente con fotografía de quien realice el trámite (original y copia).


Pasos a seguir
  • Paso 1: Presentar la documentación requerida.

    Paso 2: Solicitar la baja de acuerdo a su documentación.

    Paso 3: Recibir CURP certificada.


Inspección, verificación o visita domiciliaria
  • No aplica.


Costo
  • Gratuito.


Tiempo de respuesta
  • 3-10 dias hábiles, depende de la demanda del servicio a RENAPO.


Vigencia
  • Permanente.


Afirmativa o Negativa Ficta
  • Negativa ficta.


Criterios de resolución
  • Presentar y cumplir con los requisitos establecidos.


Formas de realizar el trámite o servicio
  • - Presencial.


Centros de Atención
  • Centro Integral de Servicios Puebla Edificio Ejecutivo, Módulo de Registro Civil
    Vía Atlixcáyotl No. 1101 Col. Concepción las Lajas, Puebla, Pue.  C.P. 72190
    Horario de atención: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 horas
    Correo electrónico: registrocivil.curp@puebla.gob.mx


Área responsable
  • Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas
    Persona Responsable: Nora Estela Esquitín De la Madrid
    Domicilio: Avenida 11 Oriente No. 2224 Col. Azcárate C.P. 72501
    Números telefónicos: 800-911-46-64; 800-911-64-47; 800-640-89-00; 800-500-11-33
    www.miregistrocivil.gob.mx


Autoridad responsable de atender quejas y denuncias
  • Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
    Dirección de Atención a Quejas y Denuncias
    Tel: 222 303 46 00 ext. 3464, 3466, 3469 y 3493

    Línea PROintegridad: 800-466-37-86
    Plataforma #PROintegridad: prointegridad.puebla.gob.mx


Fundamento Jurídico
  • Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla: Artículo 32 Fracción VI.

    Ley General de Población: Artículo 93.

    Reglamento de la Ley General de Población: Artículo 44 y 45.

    Instructivo Normativo para la Asignación de la CURP: Disposiciones. Séptimo. Tipos de constancias 5a.

    Instructivo de Operación e-CURP: Páginas 18 y 28.

    Manual de Procedimientos.

     

    Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite: Click aquí.


Información a conservar para fines de acreditación, inspección, verificación.
  • Documento CURP.


Observaciones
  • Cuando las actas de nacimiento contengan anotaciones, observaciones o se encuentren en alguna otra situación que deba ser analizada y validada por RENAPO, el trámite tardará 10 días hábiles.


Unidad Administrativa

Secretaría de Gobernación

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