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Otorgar la autorización correspondiente a aquellas empresas que acrediten ser competentes para prestar los servicios de seguridad privada en el Estado de Puebla.
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Secretaría de Seguridad Pública
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SSP-50071-T
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Trámite
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Personas Físicas o Morales
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Persona Físicas o Morales que presten servicios de seguridad privada.
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Cuando se requiere obtener autorización para prestar servicios de seguridad privada en el Estado de Puebla.
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Cédula
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1. Pago de Derechos, previsto en la Ley de Ingresos del Ejercicio Fiscal correspondiente.
2. Solicitud por escrito dirigida al Director(a) General de Seguridad Privada de la Secretaría de Seguridad Pública, señalando nombre, denominación o razón social, domicilio para oír y recibir notificaciones, así como el nombre o nombres de las personas autorizadas para recibirlas, la modalidad o modalidades solicitadas debiendo señalar y describir detalladamente cada una de las actividades que realizará, en su caso, los datos relativos a la licencia particular para la portación de armas de fuego otorgada al Prestador de Servicios, así como anexar copia certificada de la misma y el listado de las armas con que cuenta y los responsables de su portación, nombre del solicitante o en su caso, del Representante Legal, de igual manera, copia certificada del instrumento en que consta su representación, domicilio de la oficina matriz o sucursales que se encuentren en el Estado, lugar y fecha de suscripción del escrito y firma del interesado, Representante Legal y/o Apoderado Legal y/o Administrador Único.
3. Presentar la Exposición de Motivos para la Prestación de Servicios de Seguridad Privada en el Estado de Puebla.
4. Ser Persona Física de Nacionalidad Mexicana y tratándose de Personas Morales, estar constituidas conforme a la Legislación Mexicana.
5. Copia certificada de la Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, presentando certificada de la Cédula de Identificación Fiscal.
6. Presentar en original o copia certificada los siguientes documentos:
a) Acta de nacimiento, para el caso de personas físicas;
b) Escritura pública con la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la entidad federativa correspondiente, en la que se contenga la constitución de la sociedad y modificaciones, si las tuviere, para las personas jurídicas, y
c) En su caso, poder notarial en el que se acredite la personalidad del solicitante.Debiendo cubrir además los requisitos de ingreso y permanencia, establecidos en la Ley y el Reglamento;
7. Acreditar el domicilio fiscal, así como de las sucursales con las que cuente en el Estado de Puebla, a través del Registro Federal de Contribuyentes. En caso de contar con Autorización Federal o de otra entidad federativa, deberá acreditar el domicilio fiscal principal y el de la sucursal o sucursales, si las tiene, que estén ubicadas en el Estado.
8. Acreditar que cuenta con los medios humanos, de formación, técnicos, financieros y materiales que le permitan llevar a cabo la prestación de los servicios de seguridad privada en forma adecuada, en la o las modalidades solicitadas:
I. Contar por lo menos con una línea telefónica destinada exclusivamente para la atención de llamadas del público en general, así como equipo de cómputo y servicio de internet;
II. En caso de contar con capacitador interno, deberá demostrar que cuenta con las instalaciones necesarias para la capacitación del personal operativo, considerando la modalidad en la prestación del servicio y el número de personal operativo a capacitar;
III. Presentar la relación de los servicios que presta e informar el número de personal con que cuenta para prestar cada servicio, justificando que esa cantidad es suficiente para garantizar la adecuada operatividad en la modalidad solicitada;
IV. En caso de no utilizar armamento ni equipo alguno en los servicios prestados en la modalidad solicitada, especificar los medios que habrán de permitir al personal operativo desempeñar el referido servicio.9. Presentar un ejemplar del Reglamento Interior del Trabajo y del Manual o Bases Operativas mismo que deberá contener, la estructura jerárquica de la empresa y el nombre o nombres del responsable o responsables operativos, así como las directrices generales y específicas de los servicios de seguridad privada que presta, los principios de actuación, obligaciones y deberes que la ley, el reglamento y el prestador de servicios, disponen para ser aplicados por su personal operativo en el desempeño de sus servicios y las indicaciones básicas para el uso del equipo que el personal operativo pudiera emplear.
10. Exhibir los planes y programas de capacitación, adiestramiento y productividad vigentes, que contengan el curso básico y el de actualización para la modalidad o modalidades solicitada, objetivo general de cada curso, objetivo específico de cada materia y tipo de capacitador, detallando: carga horaria total no inferior a 20 horas, contener por lo menos las materias de derechos humanos, de la modalidad solicitada, uso racional de la fuerza, nociones de protección civil y primeros auxilios, así como presentar el formato DC-2 vigente, que acredita la elaboración de los planes y programas de capacitación, adiestramiento y productividad conforme a los lineamientos establecidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
11. Acreditar la capacitación en materia de Seguridad Privada del Personal Operativo, mediante constancia expedida por institución competente (Formato DC-3), así mismo, según sea el caso, deberá exhibir del agente capacitador lo siguiente:
I. Capacitador Externo: Currículum vitae, constancia de registro como agente capacitador externo, formato DC-5 acompañado de su acuse de recibo expedidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
II. Capacitador Interno: Currículum vitae y copia simple de las constancias públicas o privadas que lo acrediten como apto para realizar la actividad de capacitación en la modalidad a desarrollar.12. Currículo del personal directivo, o en su caso de quienes ocuparán los cargos relativos.
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13. Relación del personal directivo, administrativo, operativo y técnico, conteniendo los datos generales de éstos para la consulta de antecedentes policiales en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública, nombre, domicilio, edad, lugar y fecha de nacimiento, registro federal de contribuyentes, clave única de registro de población y grado de estudios; asimismo deberá adjuntar a dicha relación la documentación probatoria de los datos contenidos (acta de nacimiento, clave única de registro de población, certificado del último grado de estudios, registro federal de contribuyentes y comprobante de domicilio actual).
14. Adjuntar el formato de credencial que se expedirá al personal directivo, administrativo, operativo y técnico, la cual debe contener: denominación, domicilio y teléfono del prestador de servicios, nombre, clave única de registro de población, clave única de identificación personal de ser el caso, fotografía y firma de la persona que portará ésta, vigencia y firma del representante legal y en su caso, datos de identificación del arma y número de licencia de portación de armas; asimismo, deberá presentar muestra física de su papelería, documentación y publicidad, las cuales deben contener, de forma enunciativa más no limitativa, el número de autorización, revalidación o modificación; nombre o razón social del prestador de servicios, logotipo, domicilio y teléfono; absteniéndose de utilizar en su denominación, razón social, papelería, documentación y demás elementos de identificación que pudieran causar confusión con los utilizados por los cuerpos de seguridad pública, las fuerzas armadas y otras autoridades.
15. Presentar logotipo en impresión a color y en formato digital (USB o disco compacto) y lema si lo tuviere.
16. Impresiones fotográficas a color y en formato digital (USB o disco compacto) del uniforme a utilizar, en las que se aprecien sus 4 vistas de cuerpo completo, conteniendo colores, logotipos o emblemas, mismos que no podrán ser iguales o similares a los utilizados por las corporaciones policiales o fuerzas armadas o por otras prestadoras de servicios; además, en las mismas se deberá apreciar claramente los colores, insignias y cualquier otro medio de identificación que porte el personal operativo, así como los aditamentos complementarios que se utilizan, e independientemente del modelo o los colores que use deberá de presentar de manera visible en los costados de las mangas y en la parte izquierda del pecho el logotipo o emblemas y denominación del prestador de servicios, acompañado de las palabras “seguridad privada”; absteniéndose de utilizar cualquier tipo de insignias, logotipos o emblemas que se puedan confundir con las que reglamentariamente corresponde usar a los cuerpos de seguridad pública o a las fuerzas armadas, o que aludan a los símbolos patrios nacionales, a escudos o banderas oficiales de otros países, o instituciones de seguridad o militares del extranjero.
17. Relación de bienes muebles e inmuebles que utilizará para la prestación del servicio, incluido el de radiocomunicación, vehículos y equipo en general, así como los aditamentos complementarios al uniforme, es decir, el inventario del equipo deberá contener uniformes, aparatos electrónicos, eléctricos, de telecomunicación (radios o telefonía celular), armas, vehículos, animales entrenados, equipo en general y los aditamentos complementarios al uniforme, o en su caso, la manifestación de que no se cuenta con dicho equipo.
18. En caso de contar con licencia de uso de armas de fuego, deberá presentar la relación de estas en la que se exprese marca, calibre, modelo, matrícula y asignación respectiva, acompañando en copia certificada ante fedatario público, la licencia vigente autorizada por la Secretaría de la Defensa Nacional para la portación de armas.
19. Modelo de contrato de prestación de servicios, debidamente autorizado y registrado por la Procuraduría Federal del Consumidor.
20. En caso de contar con comando canino, deberá presentar la relación de éstos, adjuntando copia certificada de los documentos que acrediten el adiestramiento, la capacitación, los datos de identificación de cada animal, como son: raza, peso, tamaño, nombre, edad, carnet de vacunación y cursos de adiestramiento actualizados, impresiones fotográficas a color y digitales (USB o disco compacto) de cada uno de ellos.
21. Copias certificadas del permiso para operar con frecuencia de radiocomunicación o contrato celebrado con concesionaria autorizada.
22. Impresiones fotográficas actuales a color y digital (USB o disco compacto) de los costados, frente, parte posterior y toldo de los vehículos que se utilicen en la prestación de los servicios, las cuales deberán mostrar claramente la denominación o razón social del prestador de servicios, el logotipo, el lema si los hubiere, el número de identificación del vehículo, número de autorización local y en su caso el federal, y la leyenda “Seguridad Privada”; en caso de utilizar torretas, se usarán exclusivamente los colores verde o naranja.
23. Impresiones fotográficas actuales a color y digital (USB o disco compacto) del exterior de cada uno de los inmuebles que utiliza como oficina matriz y sucursal, en las cuales se deberá de apreciar en la parte frontal de cada inmueble, un rótulo de por lo menos un metro cuadrado en el que se especifique: razón social, o denominación del prestador de servicios, logotipo o emblema del mismo; número o registro de autorización; domicilio, horario de atención al público y sus números telefónicos, dichos inmuebles no podrán ser utilizados por dos o más prestadores de servicios a la vez; así mismo, deberá manifestar bajo protesta de decir verdad, que los inmuebles destinados como matriz o sucursales de la empresa, no son utilizados como casa habitación y que no se encuentran ubicados en zonas de acceso restringido al público, tales como condominios, fraccionamientos, unidades habitacionales o locales comerciales.
24. Muestra física de las insignias, divisas, emblemas o cualquier otro medio de identificación que porte el elemento.
25. En caso de que se utilicen vehículos blindados en la prestación del servicio, independientemente de la modalidad de que se trate, exhibir documento expedido por el proveedor del servicio de blindaje, con la que acredite el nivel del mismo. Tratándose de prestadores de servicios que operen en la modalidad para el traslado de valores, será indispensable contar con vehículos blindados.
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Paso 1: Presentarse ante la Dirección General de Seguridad Privada.
Paso 2: Presentar Datos Fiscales para generar Orden de Cobro.
Paso 3: Presentar por escrito la solicitud de autorización, así como el pago de derechos para su análisis y diagnóstico; cumpliendo con los requisitos que resulten aplicables de acuerdo con la Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla y su Reglamento.
Paso 4: Recibir diagnóstico de prevención en un plazo de 10 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, se le citará a efecto de recibir la prevención para que subsane las omisiones o deficiencias presentadas.
Paso 5: Dentro de un plazo de 20 días hábiles improrrogables contados a partir del día siguiente de la notificación, el interesado deberá subsanar las omisiones o deficiencias detectadas.
Paso 6: Término de 15 días hábiles posteriores al cumplimiento por parte de la empresa de las irregularidades detectadas en el Diagnóstico de Prevención, se determinará la procedencia o no de la autorización.
Paso 7: Recibir cédula de autorización para prestar servicios de seguridad privada en el Estado de Puebla o en su caso la determinación del desechamiento de la autorización.
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No aplica.
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I. Por el estudio y trámite de autorización para prestar servicios de Seguridad Privada en el Estado en las siguientes modalidades:
a) Seguridad Privada en Traslado de Bienes y Valores: $70,310.00
b) Seguridad Privada en Investigación: $70,310.00
c) Seguridad Privada en los Bienes: $70,310.00
d) De vigilancia y protección a servicios de depósito de valores y efectivo, operaciones prendarias y de juegos y apuestas: $70,310.00
e) Seguridad Privada a Personas: $70,310.00
f) Seguridad Privada de la Información: $70,310.00
g) Servicios de alarmas y de monitoreo electrónico: $70,310.00
h) Actividad Vinculada con servicios de Seguridad Privada: $70,310.00
i) Actividades relacionadas con consultoría en la materia: $70,310.00II. Por la expedición de la cédula de autorización, revalidación o modificación para prestar servicios de Seguridad Privada, incluye forma oficial valorada: $205.00
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1. Pago con tarjeta de crédito o débito.
2. Pago en ventanilla con referencia bancaria emitida por la Dirección General de Seguridad Privada.
3. Con cargo a cuenta de cheques en las sucursales bancarias con las que existe convenio.
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1. En las sucursales bancarias con las que existe convenio.
2. Cajas de recaudación de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.
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15 días hábiles.
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20 días hábiles.
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Anual.
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No Aplica.
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Realizar el pago de derechos, cumplir con los requisitos y anexos solicitados
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Presencial.
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Dirección de Normatividad y Profesionalización.
Domicilio: CIS, Edificio Sur, Sótano, Blvd. Atlixcáyotl 1101, Colonia Concepción las Lajas, C.P. 72190, Puebla, Pue.
Horario de atención: Lunes a viernes de 09:00 a 15:00 hrs.
Tel. 22 23 03 46 00 Ext. 1052
Dirección de Correo Electrónico: dgsp.normatividad@puebla.gob.mx
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Dirección General de Seguridad Privada
Persona Responsable: Lic. Arturo Pérez Domínguez
Domicilio: CIS Edificio Sur Sótano, Blvd. Atlixcáyotl 1101, Colonia Concepción Las Lajas, C.P. 72190, Puebla, Pue.
Número Telefónico: 22 23 03 46 00 Ext. 1050
Dirección de Correo Electrónico: dgsp@puebla.gob.mx
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Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Dirección de Atención a Quejas y Denuncias
Tel: 222 303 46 00 ext. 3464, 3466, 3469 y 3493Línea PROintegridad: 800-466-37-86
Plataforma #PROintegridad: http://prointegridad.puebla.gob.mx/
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Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; Artículo 46, fracción XXXVIII.
Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla: Artículos 19, 20, 21, 26 fracciones I a XXVI, 27.
Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2025; Artículo 46, fracciones I, incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), II, III y V.
Reglamento de la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla; Artículos 8, 9, 11, 13, 19, 20, 23, 31.
Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite Click aqui.
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Cédula de Autorización para Prestar Servicios de Seguridad Privada en el Estado de Puebla.