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Análisis y diagnóstico de la documentación para alta del comando canino de las empresas de seguridad privada en su autorización inicial y posterior al otorgamiento de ésta.

Fecha última Actualización: 18/11/2025
Descripción
  • Llevar el control de altas y bajas de comando canino utilizado para la prestación del servicio.


Dependencia o Entidad
  • Secretaría de Seguridad Pública


Homoclave
  • SSP-50074-T


Clasificación
  • Trámite


Modalidad
  • Personas Físicas o Morales 


Quién puede realizar el trámite
  • Personas Físicas o Morales que presten servicios de seguridad privada.


Casos en los que debe o puede realizarse el trámite o servicio
  • Prestadores de Servicios de Seguridad Privada, una vez obtenida la autorización correspondiente y en caso de que cuente con Comando Canino.


Documento a Obtener
  • Oficio de validación de pago y registro de can.


Requisitos
  • 1. Copia Certificada de los documentos que acrediten el Adiestramiento y Capacitación.

    2. Datos de Identificación del Canino (Raza, Peso, Tamaño, Nombre, Edad).

    3. Carnet de Vacunación.

    4. Impresiones fotográficas a color y digitales de cada Canino.

    5. Comprobante de pago de derechos.


Pasos a seguir
  • Paso 1: Una vez que haya obtenido el visto bueno por parte de la Dirección General de Seguridad Privada sobre alta de personal, deberá presentarse ante la Dirección General de Seguridad Privada.

    Paso 2: Solicitar orden de cobro y proporcionar datos fiscales para generar la misma.

    Paso 3: Presentar en Oficialía de Partes, su Alta de Comando Canino, anexando el Comprobante de Pago de Derechos y la documentación que establece la Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla.

    Paso 4: Una vez recibidos y analizados los requisitos, se emitirá el Oficio de Diagnóstico de Documentos de Comando Canino y Validación de Pago.


Inspección, verificación o visita domiciliaria
  • No aplica.


Costo
  • Por el análisis y diagnóstico de la documentación relativa al comando canino de la empresa de seguridad privada en su autorización inicial y posterior al otorgamiento de ésta, por cada expediente: $905.00


Forma de pago
  • 1. Pago con tarjeta de crédito o débito.
    2. Pago en ventanilla con referencia bancaria emitida por la Dirección General de Seguridad Privada.
    3. Con cargo a cuenta de cheques en las sucursales bancarias con las que existe convenio.


Dónde pagar
  • 1. En las sucursales bancarias con las que existe convenio.
    2. Cajas de recaudación de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.


Tiempo de respuesta
  • 10 días hábiles


Plazo de prevención
  • 5 días hábiles


Vigencia
  • Permanente.


Afirmativa o Negativa Ficta
  • No Aplica.


Criterios de resolución
  • En su caso, realizar los pagos de derechos, cumplir con los requisitos y anexos solicitados.


Formas de realizar el trámite o servicio
  • Presencial.


Centros de Atención
  • Dirección de Registro
    Domicilio: CIS, Edificio Sur, Sótano, Blvd. Atlixcáyotl 1101, Colonia Concepción las Lajas, C.P. 72190 Puebla, Pue.
    Horario de atención: 09:00 a 15:00 hrs; Lunes a viernes.
    Tel. 22 23 03 46 00 Ext. 1048
    Dirección de Correo Electrónico: dgsp.direccionderegistro@puebla.gob.mx


Área responsable
  • Dirección General de Seguridad Privada
    Persona Responsable: Lic. Arturo Pérez Domínguez
    Domicilio: CIS, Edificio Sur, Sótano, Blvd. Atlixcáyotl 1101, Colonia Concepción Las Lajas, C.P. 72190 Puebla, Pue.
    Número Telefónico: 22 23 03 46 00 Ext. 1050
    Dirección de Correo Electrónico: dgsp@puebla.gob.mx


Autoridad responsable de atender quejas y denuncias
  • Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
    Dirección de Atención a Quejas y Denuncias
    Tel: 222 303 46 00 ext. 3464, 3466, 3469 y 3493

    Línea PROintegridad: 800-466-37-86
    Plataforma #PROintegridad: http://prointegridad.puebla.gob.mx/


Fundamento Jurídico
  • Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; Artículo 46 fracción XXXVI.

    Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2025; Artículo 47 fracción VI. 

    Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla; Artículos 26 fracción XIX y 30 fracción XXIV.

    Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla; Artículo 30 Ter. Fracción I, XIV.

     

    Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite Click aqui.
     


Observaciones
  • El trámite es presencial y en caso de no proceder la propuesta por ser omiso el cumplimiento de los requisitos, se deberá realizar una nueva propuesta y adjuntar nuevamente la documentación.


Unidad Administrativa

Secretaría de Seguridad Pública

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