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Trámite para que las personas físicas y morales de nacionalidad mexicana puedan obtener Revalidación para prestar servicios de seguridad privada en el Estado de Puebla.
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Secretaría de Seguridad Pública
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SSP-50078-T
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Trámite
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Personas Físicas o Morales
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Personas físicas o morales que presten servicios de seguridad privada.
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Cuando se requiere la Revalidación para continuar prestando los Servicios de Seguridad Privada en el Estado de Puebla.
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Cédula
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Conforme a los artículos 19 de la Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla y 9 último párrafo del Reglamento de la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla, los interesados en obtener la Revalidación para Prestar los Servicios de Seguridad Privada en el Estado de Puebla, podrán manifestar bajo protesta de decir verdad no haber variado las condiciones de su otorgamiento de la autorización inicial o última revalidación, además de actualizar la documentación que así lo amerite, en cumplimiento al artículo 26 de la Ley en la Materia.
Estas afirmaciones deberán hacerse por cada rubro que no haya sufrido modificación alguna al momento de la promoción de su solicitud de Revalidación.
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Paso 1: Presentarse ante la Dirección General de Seguridad Privada.
Paso 2: Presentar Datos Fiscales para generar Orden de Cobro.
Paso 3: Presentar por escrito la solicitud de autorización, así como el pago de derechos para su análisis y diagnóstico; cumpliendo con los requisitos que resulten aplicables de acuerdo con la Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla y su Reglamento.
Paso 4: Recibir diagnóstico de prevención en un plazo de 10 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, se le citará a efecto de recibir la prevención para que subsane las omisiones o deficiencias presentadas.
Paso 5: Dentro de un plazo de 20 días hábiles improrrogables contados a partir del día siguiente de la notificación, el interesado deberá subsanar las omisiones o deficiencias detectadas.
Paso 6: Alrededor de un término de 15 días hábiles posteriores al cumplimiento por parte de la empresa de las irregularidades detectadas en el Diagnóstico de Prevención, se determinará la procedencia o no de la autorización.
Paso 7: Recibir cédula de autorización para prestar servicios de seguridad privada en el Estado de Puebla o en su caso la determinación del desechamiento de la autorización.
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No aplica.
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Por la expedición de la cédula de autorización, revalidación o modificación para prestar servicios de Seguridad Privada, incluye forma oficial valorada: $205.00
Por el análisis y diagnóstico anual, tendiente a verificar que no han variado las condiciones en que se otorgó la autorización para la prestación de servicios de Seguridad Privada, por cada una de las modalidades a que se refiere la fracción I del presente artículo, establecidas en la Ley de Seguridad Privada para el Estado Libre y Soberano de Puebla: $35,170.00
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1. Pago con tarjeta de crédito o débito
2. Pago en ventanilla con referencia bancaria emitida por la Dirección General de Seguridad Privada
3. Con cargo a cuenta de cheques en las sucursales bancarias con las que existe convenio.
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En oficinas recaudadoras de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.
Sucursales bancarias autorizadas.
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15 días hábiles
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20 días hábiles
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Anual.
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No Aplica.
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Realizar el pago de derechos, cumplir con los requisitos y anexos solicitados
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Presencial.
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Dirección de Normatividad y Profesionalización.
Domicilio: CIS, Edificio Sur, Sótano, Blvd. Atlixcáyotl 1101, Colonia Concepción las Lajas, C.P. 72190 Puebla, Pue.
Horario de atención: 09:00 a 15:00 hrs. Lunes a viernes.
Tel. 22 23 03 46 00 Ext. 1052
Dirección de Correo Electrónico: dgsp.normatividad@puebla.gob.mx
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Dirección General de Seguridad Privada
Persona Responsable: Lic. Arturo Pérez Domínguez
Domicilio: CIS Edificio Sur Sótano, Blvd. Atlixcáyotl 1101, Colonia Concepción Las Lajas, C.P. 72190 Puebla, Puebla.
Número Telefónico: 22 23 03 46 00 Ext. 1050
Dirección de Correo Electrónico: dgsp@puebla.gob.mx
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Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Dirección de Atención a Quejas y Denuncias
Tel: 222 303 46 00 ext. 3464, 3466, 3469 y 3493Línea PROintegridad: 800-466-37-86
Plataforma #PROintegridad: prointegridad.puebla.gob.mx
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Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; Artículo 46, fracción XXXVI.
Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2025; Artículo 47, fracción II, III.
Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla; Artículo 19, Artículo 20, Artículo 21, Artículo 26 Fracciones I a XXVI, Artículo 27.
Reglamento de la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla; Artículo 8, Artículo 9, Artículo 11, Artículo 13, Artículo 19, Artículo 20, Artículo 23, Artículo 31.
Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública Del Estado de Puebla; Artículo 30 Ter Fracción I, II, Artículo 30 Quinquis Fracciones I y II.
Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite Click aqui.
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Cédula de Revalidación para Prestar Servicios de Seguridad Privada en el Estado de Puebla.
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El trámite es presencial y en caso de no cubrir en su totalidad con los requisitos establecidos en la Ley y Reglamento de Seguridad Privada del Estado de Puebla, se emitirá desechamiento del trámite.