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Programa de Adopciones

Fecha última Actualización: 12/01/2026
Descripción
  • Otorgar un Certificado de Idoneidad, previa aprobación del Consejo Técnico de Adopciones, o por la autoridad central del país de origen de los adoptantes en los casos de adopciones internacionales, en virtud del cual se determina que los solicitantes de adopción son aptos para tal efecto.


Dependencia o Entidad
  • Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla


Homoclave
  • SEDIF-90321-S


Clasificación
  • Servicio.


Modalidad
  • No aplica.


Quién puede solicitar el servicio
  • Personas interesadas


Casos en los que debe o puede realizarse el trámite o servicio
  • Cuando se quiera mejorar la calidad de vida de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran bajo tutela o no del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla, mediante la adopción.


Beneficio o servicio a obtener
  • Certificado de Idoneidad.


Requisitos
  • Acudir de manera personal al Departamento de Adopciones a recibir asesoría jurídica, y hacer del conocimiento de los solicitantes, los requisitos que deben cubrir de conformidad con lo establecido por los artículos 33 del Reglamento de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla y 9 de los Lineamientos para la Operación del Consejo Técnico de Adopciones.

    Adopción interna: Dar click aquí para conocer requisitos 

    Adopción externa: Dar click aquí para conocer requisitos 

    Adopción Internacional: Dar click aquí para conocer requisitos 

     


Pasos a seguir
  • Paso 1: La persona o personas interesadas en adoptar acuden de manera personal al Departamento de Adopciones.

    Paso 2: Se brinda una asesoría general sobre la adopción y se le entrega por escrito los requisitos, explicando cada uno de ellos de manera clara al solicitante.

    Paso 3: Reunidos los requisitos de adopción previamente solicitados, se presentan al Departamento de Adopciones en los meses de recepción (enero, mayo, agosto y noviembre), tal y como lo marca el Consejo Técnico de Adopciones. El día que presentan sus documentos completos, se les fija día y hora para su valoración psicológica y estudio socio-económico.

    Paso 4: Obtenidos los resultados de la valoración psicológica y estudio socio-económico, el expediente es presentado al Consejo Técnico de Adopciones para que autorice la emisión o no del Certificado de Idoneidad y puedan ingresar al Registro Estatal de Familias de Acogimiento Pre-adoptivo y/o lista de espera, según corresponda.

    Paso 5: Si es asignado una niña, niño y/o adolescente por el Consejo Técnico de Adopciones, se le informa a la familia solicitante, se realiza la presentación física, se inicia el periodo de acogimiento pre-adoptivo (convivencias en las casas de asistencia y domiciliarias), para finalmente, de ser procedente, dar inicio con el juicio de adopción ante el Juzgado de lo Familiar que corresponda.

    Paso 6: Obtenida la sentencia ejecutoriada, se realiza el registro del acta de nacimiento y se procede a la baja del acta primigenia, con un costo que será cubierto por la familia adoptante en el Juzgado del Registro Civil que corresponda.

    Paso 7: Seis meses posteriores a que cause estado la sentencia del juicio de adopción, se da inicio con los seguimientos post-adopción, los cuales se programarán cada seis meses durante un periodo de tres años.


Inspección, verificación o visita domiciliaria
  • Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria: Visita Domiciliaria de Seguimiento Pre-Adoptivo, Visita Domiciliaria Post-Adoptivo, Visita Domiciliaria para Estudios Socioeconómicos
    Unidad responsable: Departamento de Adopciones


    Consulta información de los servidores públicos facultados para realizar la inspección:
    https://mregulatoria.puebla.gob.mx/padron-de-inspectores/sistema-estatal-para-el-desarrollo-integral-de-la-familia


Costo
  • Gratuito.


Tiempo de respuesta
  • 45 días, contados a partir de que se integre el expediente (el expediente se integra una vez anexados los resultados obtenidos de la valoración psicológica y el estudio socioeconómico realizados por parte del personal del Departamento de Adopciones a las familias solicitantes) y/o hasta que el Consejo Técnico de Adopciones apruebe o no su certificado de idoneidad.


Vigencia
  • 2 años contados a partir de la fecha de su emisión (certificado de Idoneidad).


Afirmativa o Negativa Ficta
  • Negativa ficta.


Criterios de resolución
  • Presentar los requisitos establecidos.


Formas de realizar el trámite o servicio
  • Presencial


Centros de Atención
  • Departamento de Adopciones
    Domicilio: Kilómetro 4.5 de la carretera federal a Atlixco, Núm. 4405, 
    Col. Emiliano Zapata, San Andrés Cholula, Puebla, C.P. 72824
    Horario de atención: 9:00 a 18:00 hrs
    Tel. 2228662013 y 222 295 1712 
    Dirección de correo electrónico: adopciones.pue@gmail.com

     


Área responsable
  • Departamento de Adopciones
    Persona responsable: Cecilia Bonilla Martínez
    Domicilio: Kilómetro 4.5 de la carretera federal a Atlixco, Núm. 4405,
    Col. Emiliano Zapata, San Andrés Cholula, Puebla, C.P. 72824
    Número telefónico: 2228662013 y 222 295 1712
    Dirección de correo electrónico: adopciones.pue@gmail.com


Autoridad responsable de atender quejas y denuncias
  • Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno 
    Dirección de Atención a Quejas y Denuncias
    Tel: 222 303 46 00 ext. 3464, 3466, 3469 y 3493

    Línea PROintegridad: 800-466-37-86
    Plataforma #PROintegridad: http://prointegridad.puebla.gob.mx/


Fundamento Jurídico
  • Reglas de Operación del Programa de Adopciones.

     

    Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este servicio
    Click aqui.


Información a conservar para fines de acreditación, inspección, verificación.
  • Acuse de recibido de la presentación de su solicitud.

     


Observaciones
  • -Adopción Interna: Adopción de una Niña, Niño y/o Adolescente que se encuentra en custodia del SEDIF.

    -Adopción Externa: Adopción que se da entre particulares, de una Niña, Niño y/o Adolescente que no se encuentra en custodia del SEDIF.

    -Adopción Internacional: Adopción promovida por ciudadanos de otro país, con residencia habitual fuera del territorio mexicano y que tenga por objeto incorporar en una familia, a una Niña, Niño y/o Adolescente que pueda ser adoptado y que se encuentre en custodia del Sistema Estatal DIF.

    -El trámite debe ser realizado por la (s) persona (s) interesada (s). En virtud de que es un trámite administrativo y personal, no se requiere de representación alguna dentro del procedimiento administrativo de adopción, en ninguna de sus etapas.

     


Unidad Administrativa

Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla

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